— Guía paso a paso · Tarifas 18 min de lectura
Bono social 2026: requisitos y solicitud.
El descuento reforzado del 42,5 % o el 57,5 % sobre el PVPC para hogares vulnerables, familias numerosas y víctimas de violencia de género. Quién tiene derecho según la renta, cómo se mide con el IPREM, qué documentación necesitas, cómo solicitarlo paso a paso y en qué consiste el bono social térmico que lo acompaña.
Vulnerable 42,5 % · Severo 57,5 % · IPREM 2026 8.400 €/año · Prórroga RD-Ley 16/2025
Actualizado 29 junio 2026 · Fuentes BOE · CNMC · MITECO
1. Qué es el bono social y cuánto descuenta
El bono social eléctrico es un mecanismo público de protección al consumidor doméstico vulnerable: una rebaja porcentual sobre el coste de la luz que financia el conjunto del sistema eléctrico y que rebaja directamente la factura de los hogares con menos recursos. No es una ayuda que se ingrese en cuenta, sino un descuento que aparece restado en cada factura mientras dura la concesión. Su rasgo esencial, y el que más confusión genera, es que únicamente se aplica sobre el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), la tarifa regulada por el Estado. Ninguna oferta del mercado libre, por barata que sea, puede incorporar el bono social.
El descuento recae sobre los términos de energía y de potencia del PVPC, y se calcula antes de impuestos. Es decir, primero se aplica la rebaja a esos dos conceptos y solo después se suman el impuesto eléctrico, el IVA y el alquiler del contador, que no se bonifican. Por eso el porcentaje del bono social sobre la factura total siempre es menor que el porcentaje nominal: un 42,5 % sobre la base de energía y potencia se traduce, en una factura típica, en un alivio cercano al 20-25 % del importe final.
El marco principal es el Real Decreto 897/2017, que define la figura del consumidor vulnerable y el bono social, dentro del paraguas de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico (el bono social aparece en su artículo 45). Los porcentajes vigentes —42,5 % y 57,5 %— son los descuentos reforzados que el Estado ha venido prorrogando crisis tras crisis y que el RD-Ley 16/2025, de 23 de diciembre, extendió para todo el año 2026 con aplicación automática desde el 1 de enero, sin que los beneficiarios tengan que volver a tramitar nada. Según los datos que publica la CNMC, en torno a 1,3 millones de hogares reciben el bono social eléctrico.
2. Los dos niveles de descuento
El bono social tiene dos intensidades, según la gravedad de la situación de vulnerabilidad reconocida:
- Consumidor vulnerable (42,5 %). Es el nivel base. Rebaja un 42,5 % los términos de energía y potencia del PVPC. Lo solicitan, sobre todo, hogares con renta moderada por debajo de los umbrales de IPREM y familias numerosas.
- Consumidor vulnerable severo (57,5 %). Reservado a quienes acreditan una renta más baja (la mitad de los umbrales del vulnerable) o pertenecen a un colectivo especialmente protegido. Las víctimas de violencia de género o de terrorismo acceden directamente a este nivel.
Existe además una situación particular dentro del nivel severo: el consumidor en riesgo de exclusión social. Mantiene el mismo 57,5 % de descuento, pero su factura es cubierta en al menos un 50 % por los servicios sociales de la administración autonómica o local. En ese caso el suministro se considera esencial y no puede cortarse por impago. Requiere una certificación expresa de los servicios sociales.
Conviene desterrar una confusión habitual: los porcentajes correctos en 2026 son 42,5 % y 57,5 %. Las cifras del 25 % y el 40 % que todavía circulan por internet corresponden al tipo estructural histórico del RD 897/2017, anterior al refuerzo; y no existen ni el 65 % ni el 72,5 % que a veces se citan por error. Las únicas tasas vigentes son las dos reforzadas y prorrogadas para este año.
Descuento máximo del bono social (vulnerable severo) sobre los términos de energía y potencia del PVPC, antes de impuestos
frente al 42,5 % del consumidor vulnerable
Cronología del bono social eléctrico
- 2013
Base legal
La Ley 24/2013 del Sector Eléctrico crea la figura del bono social como mecanismo de protección al consumidor doméstico (artículo 45).
Ley 24/2013
- 2017
El reglamento actual
El RD 897/2017 define al consumidor vulnerable, fija los umbrales de renta en IPREM y los descuentos estructurales del 25 % y 40 %.
RD 897/2017
- 2018
Nace el bono social térmico
El RD-Ley 15/2018 crea una ayuda anual para calefacción y agua caliente, automática para los beneficiarios del bono social eléctrico.
RD-Ley 15/2018
- 2022
Descuentos reforzados
Las sucesivas medidas anticrisis elevan los descuentos al 65 % y 80 % de forma extraordinaria y, más tarde, los estabilizan en el 42,5 % y 57,5 %.
- 2026
Prórroga para todo el año
El RD-Ley 16/2025 mantiene el 42,5 % y el 57,5 % durante 2026, con aplicación automática desde el 1 de enero y sin nuevo trámite para quien ya lo cobraba.
RD-Ley 16/2025
3. Requisitos de renta: el IPREM como vara de medir
La puerta de entrada al bono social por la vía general es la renta. Y la unidad de medida no es el salario mínimo, sino el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), un índice que el Estado usa para condicionar muchas ayudas. En 2026 el IPREM anual de 14 pagas es de 8.400 €, una cifra congelada desde 2023 porque los Presupuestos Generales del Estado siguen prorrogados.
El RD 897/2017 establece que se considera consumidor vulnerable el hogar cuya renta de la unidad familiar no supera 1,5 veces el IPREM —12.600 € al año para una unidad sin menores—, y eleva ese listón según el tamaño del hogar:
- +0,3 IPREM (unos 2.520 €) por cada miembro adicional mayor de edad en la unidad familiar.
- +0,5 IPREM (unos 4.200 €) por cada menor de edad.
Visto de otra forma, el umbral del vulnerable equivale a 1,5 IPREM sin menores, 2 IPREM con un menor y 2,5 IPREM con dos menores. Y todos esos límites aumentan medio IPREM más cuando en el hogar hay una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, dependencia de grado II o III, o víctima de violencia de género o de terrorismo.
El vulnerable severo exige una renta de aproximadamente la mitad de esos umbrales: del orden de 0,75 IPREM sin menores. Hay además dos puertas específicas a este nivel: el pensionista que percibe la pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente, sin otros ingresos relevantes y con renta no superior a 1 IPREM (8.400 €); y la familia numerosa con renta igual o inferior a 2 IPREM (16.800 €), que entonces salta del 42,5 % al 57,5 %.
4. Familias numerosas, monoparentales y otros colectivos
Más allá del cálculo de renta, el RD 897/2017 abre el bono social a varios colectivos con reglas propias. Conviene identificarse en uno de ellos antes de tramitar, porque algunos eximen de acreditar ingresos:
- Familias numerosas. Tienen derecho automático como vulnerable (42,5 %) sin requisito de renta: basta el título de familia numerosa en vigor. Si además su renta no supera 2 veces el IPREM, acceden al 57,5 % como vulnerable severo. Es, con diferencia, la vía más sencilla y la que más hogares deja fuera por desconocimiento.
- Familias monoparentales con menores. Con renta por debajo de los umbrales aplicables, computando el incremento de medio IPREM por cada menor.
- Pensionistas con la pensión mínima. Quien percibe la pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente, sin otros ingresos significativos, accede como vulnerable (renta ≤ 1,5 IPREM) o vulnerable severo (renta ≤ 1 IPREM).
- Hogares con todos sus miembros en paro o con una discapacidad superior al 33 % o dependencia reconocida de grado II o III, dentro de los límites de renta ampliados.
- Víctimas de violencia de género o de terrorismo. Con la acreditación correspondiente (orden de protección, sentencia o certificación del Ministerio del Interior), acceden directamente como vulnerable severo (57,5 %).
En todos los casos, el bono social es un derecho personal del titular del contrato de suministro y de su unidad familiar; no se hereda con la vivienda ni se traslada automáticamente si cambia el titular del PVPC.
5. Topes de consumo bonificado
El descuento no es ilimitado. El RD 897/2017 fija un tope anual de kWh con derecho a descuento: la energía que consumes por encima de ese límite se factura a precio PVPC pleno, sin rebaja. Los límites de referencia, escalonados según la composición del hogar, son del orden de:
- Hogar sin menores (vulnerable o severo) — en torno a 1.380 kWh/año.
- Con un menor en la unidad familiar — unos 1.932 kWh/año.
- Con dos menores — unos 2.346 kWh/año.
- Familia numerosa — unos 4.140 kWh/año.
- Pensionista con pensión mínima — unos 1.932 kWh/año.
Para un piso de tamaño medio con tres o cuatro ocupantes, estos topes son holgados y rara vez se rebasan. El problema aparece en viviendas con calefacción eléctrica en zonas frías o con bomba de calor como sistema principal, que pueden consumir entre 4.000 y 6.000 kWh al año: ahí el tope del nivel sin menores se queda corto en invierno, y la parte que lo excede no lleva descuento. La franja de familia numerosa, en cambio, cubre con margen el consumo doméstico habitual. Si tu caso es de consumo alto, te interesa revisar también las palancas de la guía para bajar la factura de la luz.
6. El bono social térmico: la ayuda para calefacción
Junto al descuento eléctrico existe una segunda prestación que mucha gente desconoce: el bono social térmico. A diferencia del eléctrico, no es un descuento que se reste de la factura, sino un pago anual único que se ingresa en la cuenta del beneficiario para ayudar al gasto de calefacción y agua caliente sanitaria, sea cual sea el combustible que use el hogar: gas natural, butano, propano, gasóleo, biomasa o la propia electricidad. No hay que acreditar qué se calienta ni con qué; se entiende que todo hogar tiene gasto térmico.
Lo creó el RD-Ley 15/2018 y su gran ventaja es que se concede de forma automática: lo reciben todos los hogares que tienen reconocido el bono social eléctrico al cierre del ejercicio anterior, sin solicitud aparte. La cuantía varía entre 25 y 376 € al año en función de la renta familiar y de la zona climática del domicilio (España se divide en cuatro zonas según la severidad del invierno, de modo que un hogar en una zona fría recibe más que uno en una zona templada con la misma renta). El abono suele producirse por ingreso bancario entre marzo y junio del año siguiente al ejercicio cubierto.
La consecuencia práctica es importante: solicitar y mantener el bono social eléctrico no solo rebaja la factura de la luz, sino que activa de forma automática una ayuda adicional para el resto de tu energía del hogar. Por eso merece la pena el trámite aunque tu descuento eléctrico, por consumo bajo, parezca pequeño.
7. Documentación necesaria
La solicitud es telemática, así que conviene tener todo escaneado en PDF y legible antes de empezar. La lista habitual de documentos es:
- DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Libro de familia o certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho.
- Certificado de empadronamiento colectivo del domicilio (no el individual): debe listar a todas las personas empadronadas en la vivienda. Lo emite tu ayuntamiento.
- Última declaración del IRPF presentada (modelo 100). Si no estás obligado a declarar, certificado de imputaciones de la AEAT.
- Última factura del PVPC en vigor, con tu número de CUPS.
- Si procede: título de familia numerosa vigente, certificado de discapacidad ≥ 33 % o de dependencia, o acreditación de víctima de violencia de género o de terrorismo.
La comercializadora coteja la renta directamente con la AEAT a través de una plataforma del Estado, de modo que los datos económicos se verifican de forma automática. Por eso no tiene sentido —ni es posible— declarar una renta inferior a la real.
8. Cómo solicitarlo paso a paso
El trámite tiene una condición previa que descarta a mucha gente sin que lo sepa: hay que tener el PVPC. Estos son los pasos completos:
- Asegúrate de tener el PVPC. Si estás en el mercado libre, primero cámbiate a una comercializadora de referencia. El cambio de comercializadora es un derecho del consumidor, es gratuito por ley y se completa en un máximo de 10 días hábiles (el cambio técnico del distribuidor se hace en 24 horas). No hay corte de luz y la distribuidora de tu zona no cambia. Lo detallamos en cómo cambiar de comercializadora y en la guía del PVPC.
- Identifica tu categoría. Decide si encajas como vulnerable (42,5 %) o vulnerable severo (57,5 %) según tu renta en IPREM y tu colectivo (familia numerosa, pensionista, víctima de violencia de género…).
- Reúne la documentación en PDF, tal como se describe en el apartado anterior.
- Solicita en la sede electrónica de tu COR. La solicitud se presenta ante tu comercializadora de referencia —no ante la distribuidora—, normalmente con certificado digital o Cl@ve. Recibirás un justificante por correo en el momento.
- Espera la resolución. La comercializadora resuelve a partir de que recibe la documentación completa; si pide subsanar algo, el plazo se reinicia. El descuento se aplica desde la siguiente factura, nunca de forma retroactiva.
- Verifica la primera factura. Comprueba que aparece la línea de bono social con importe negativo. Si no está, reclama de inmediato a tu COR.
La solicitud se firma electrónicamente y, si surge cualquier problema con la comercializadora, las reclamaciones del bono social se pueden elevar a la CNMC, que dispone de un procedimiento específico y de información oficial para el consumidor.
9. Renovación cada dos años
La concesión del bono social tiene una vigencia de dos años. Transcurrido ese plazo, hay que volver a solicitarlo aportando la documentación actualizada: la última declaración de la renta, un empadronamiento reciente y el libro de familia si ha habido cambios. La comercializadora suele avisar por correo electrónico y postal antes del vencimiento, pero la responsabilidad de renovar a tiempo es del beneficiario. Si no respondes en plazo, el bono social caduca automáticamente y vuelves a pagar el PVPC pleno.
La gran excepción son las familias numerosas: conservan el descuento mientras su título de familia numerosa siga en vigor, sin tener que renovar cada dos años. Por lo demás, cualquier cambio relevante en la unidad familiar —que alguien encuentre trabajo, se emancipen los hijos o cambie la composición del hogar— debe comunicarse, porque puede ajustar el porcentaje o, si superas los umbrales, retirar el bono.
10. Cuánto se ahorra: un ejemplo con cifras
Como el descuento recae sobre la energía y la potencia antes de impuestos, lo más honesto es calcular el ahorro sobre esa base, no sobre la factura total. Tomemos el hogar tipo del ejemplo de nuestra guía del PVPC: 3.000 kWh al año, 4,6 kW de potencia contratada, cuya suma de términos de energía y potencia ronda los 460 € anuales antes de impuestos.
- Consumidor vulnerable (42,5 %): el descuento se lleva unos 195 € al año, dejando la base en torno a 265 €.
- Consumidor vulnerable severo (57,5 %): el descuento asciende a unos 264 € al año, dejando la base alrededor de 195 €.
| Concepto | Valor (€) |
|---|---|
| Sin bono social | 460 |
| Con bono vulnerable (−42,5 %) | 265 |
| Con bono severo (−57,5 %) | 195 |
Es una estimación: el importe exacto varía con el precio del PVPC de cada mes y con el reparto de tu consumo entre punta, llano y valle. Pero el orden de magnitud es claro: entre 195 y 265 € de alivio anual para un consumo doméstico medio, y más todavía en hogares con más consumo, siempre dentro del tope de kWh bonificados de cada categoría. A esa cantidad hay que sumarle, además, el bono social térmico (25-376 € al año) que se concede de forma automática. Para ajustar las cifras a tu caso, parte de tu última factura en la calculadora de tarifa de luz.
11. Errores típicos al solicitar
- Estar en el mercado libre. Es el error más frecuente: sin PVPC contratado no hay bono social posible. El cambio a una comercializadora de referencia es gratuito y se hace en un máximo de 10 días hábiles, sin corte de luz.
- Aportar el empadronamiento individual. El certificado debe ser colectivo y listar a todas las personas empadronadas en el domicilio, no solo al titular.
- Documentación caducada. El IRPF debe ser el de la última campaña; el empadronamiento, reciente; el título de familia numerosa, vigente. Un documento caducado provoca una subsanación que retrasa la concesión.
- No justificar la renta. Si no presentas declaración del IRPF, olvidar el certificado de imputaciones de la AEAT lleva a la denegación automática.
- Solicitar a la distribuidora en vez de a la comercializadora. El bono social lo gestiona la comercializadora de referencia (Energía XXI, Curenergía…), no la distribuidora (e-distribución, i-DE, UFD, e-redes o Viesgo). Son empresas distintas, con sedes y trámites distintos, aunque algunas pertenezcan al mismo grupo. Además, recuerda que la distribuidora no se elige: la asigna tu CUPS por zona.
- Esperar efecto retroactivo. El descuento se aplica desde la siguiente factura, nunca a los meses anteriores. Cuanto antes solicites, antes empieza a contar.
Un apunte sobre el contexto normativo: el cambio de comercializadora se rige hoy por la Ley 24/2013, el artículo 66 quáter del texto refundido de la Ley de Consumidores y el Real Decreto 88/2026, que además está renovando el registro de comercializadoras de referencia. Las referencias antiguas al «RD 1955/2000» para el cambio de suministrador han quedado superadas.
12. Lecturas relacionadas
Para encadenar el trámite y entender la tarifa sobre la que se aplica el bono social:
- PVPC: la tarifa regulada explicada — la única tarifa que admite el bono social.
- Cómo cambiar de comercializadora — el paso previo para volver al PVPC desde el mercado libre.
- 8 palancas que sí bajan la factura — el bono social es solo una de ellas.
- Calculadora de tarifa de luz — para estimar tu ahorro real partiendo de tu última factura.
Glosario relacionado: bono social, bono social térmico, PVPC, CNMC.
— Preguntas frecuentes
Lo que más se pregunta sobre el bono social
- ¿Cuánto se ahorra con el bono social en 2026?
- Depende del consumo y del nivel reconocido, porque el descuento se aplica sobre los términos de energía y potencia del PVPC antes de impuestos, no sobre la factura total. Para un hogar tipo de 3.000 kWh al año y 4,6 kW de potencia, cuya base de energía más potencia ronda los 460 € anuales, el consumidor vulnerable (42,5 %) ahorra del orden de 195 € al año y el vulnerable severo (57,5 %) unos 264 €. Con más consumo —por ejemplo una familia numerosa— el ahorro sube proporcionalmente, siempre dentro del tope de kWh bonificados de cada categoría.
- ¿Quién tiene derecho al bono social eléctrico?
- El RD 897/2017 reconoce varios colectivos. Los más numerosos son los hogares cuya renta familiar no supera 1,5 veces el IPREM (12.600 € en 2026 para una unidad sin menores), umbral que crece 0,3 IPREM por cada adulto adicional y 0,5 IPREM por cada menor. También tienen derecho las familias numerosas (vulnerable automático, sin examen de renta), las familias monoparentales con menores, los hogares con todos sus miembros en paro y los pensionistas con la pensión mínima. Las víctimas de violencia de género o de terrorismo y los hogares en riesgo de exclusión social acceden directamente como vulnerable severo (57,5 %).
- ¿Necesito tener el PVPC para cobrar el bono social?
- Sí, obligatoriamente. El bono social solo se aplica sobre el PVPC. Si estás en el mercado libre tienes que cambiarte primero a una comercializadora de referencia: hay ocho de ámbito peninsular designadas por el Estado —más las específicas de Ceuta y Melilla—, entre ellas Energía XXI (Endesa), Curenergía (que es la COR del grupo Iberdrola) y la de Naturgy, y el listado oficial lo publica la CNMC. El cambio de comercializadora es gratuito por ley y se completa en un máximo de 10 días hábiles sin corte de luz. La distribuidora de tu zona (i-DE, e-distribución, UFD, e-redes o Viesgo) no cambia.
- ¿Cuánto tarda en concederse el bono social?
- La comercializadora de referencia resuelve a partir de que recibe la documentación completa. Si pide subsanar algún documento, el plazo se reinicia desde que lo aportas. Una vez concedido, el descuento se aplica en la siguiente factura emitida, nunca de forma retroactiva a los meses anteriores. Para acelerarlo conviene tramitar online —no en oficina—, con todos los PDF legibles y firma con certificado digital o Cl@ve.
- ¿Cada cuánto hay que renovar el bono social?
- La concesión tiene una vigencia de dos años; transcurrido ese plazo hay que volver a solicitarlo aportando la documentación actualizada (renta, empadronamiento, libro de familia). La excepción son las familias numerosas, que lo mantienen mientras su título esté vigente. Si no renuevas a tiempo, el bono social caduca automáticamente y vuelves a pagar el PVPC pleno. También debes comunicar cualquier cambio en la unidad familiar que altere tu situación.
- ¿El bono social cubre toda la factura o solo una parte?
- Se aplica únicamente sobre los términos de energía y potencia del PVPC, antes de impuestos. No se bonifican el impuesto eléctrico (5,11269632 %), el IVA (21 %) ni el alquiler del contador (alrededor de 1 €/mes). En una factura tipo, los términos de energía y potencia antes de impuestos suelen suponer en torno al 55-65 % del total, así que un descuento del 42,5 % sobre esa base equivale aproximadamente a un 20-25 % de la factura completa; el 57,5 % del vulnerable severo se acerca al 30-35 % del total.
- ¿Hay un bono social también para el gas o la calefacción?
- Sí, es el bono social térmico, creado por el RD-Ley 15/2018. Es un pago anual único —no un descuento en la factura— para ayudar al gasto de calefacción y agua caliente, sea cual sea el combustible (gas natural, butano, propano, gasóleo o electricidad). Lo reciben de forma automática quienes tienen reconocido el bono social eléctrico al cierre del ejercicio anterior, sin solicitud aparte. Su importe se sitúa entre 25 y 376 € al año según la renta y la zona climática del domicilio, y se abona por ingreso bancario, normalmente entre marzo y junio.
- ¿Cómo demuestro la renta para el bono social?
- Si presentaste declaración del IRPF, aportas la última declaración completa (modelo 100). Si no estabas obligado a declarar, pides en la AEAT el certificado de imputaciones, que detalla todos tus rendimientos del año. La comercializadora contrasta automáticamente los datos con la AEAT a través de una plataforma del Estado, de modo que no es posible declarar una renta inferior a la real. Sin justificar la renta cuando es exigible, la solicitud se deniega.
Por qué tantos hogares elegibles no lo cobran
La cobertura real del bono social eléctrico se mueve en torno al 24,5 % de los hogares elegibles, según el cruce de la serie de la CNMC 2019-2025 con el análisis EsadeEcPol-Oxfam Intermón. La pieza completa, con la serie temporal mensual y la lista de causas documentadas por las que el sistema deja fuera a los más vulnerables, vive en /datos/bono-social-no-cobrado-2024/.